


- El Lápiz de Oro Interactivo está abierto a toda y cualquier organización legalmente constituida en Argentina.
- Las inscripciones no podrán llevarse a cabo sin previo permiso del anunciante poseedor de los derechos de la pieza interactiva.
- Todos los trabajos deben poder ser vistos accediendo a través de Internet Explorer 7.0, Safari, Opera, Chrome y Mozilla Firefox.
- Tanto las piezas pautadas como los hotsites deben haber estado online en el mercado local por primera vez entre el 01 de julio y 31 de diciembre de 2011. No será necesaria la presentación de un comprobante, aunque la organización se reserva el derecho de exigir dicho comprobante en caso de que haya denuncia o sospecha de irregularidad.
- Las piezas que ya han participado de este premio no podrán ser re-inscriptas.
- No podrán participar piezas de agencias de publicidad o interactivas. Tampoco piezas de entidades de Bien Público.
- Todas las inscripciones deberán ser hechas online, a través de www.dossiernet.com.ar o de www.lapizdigitaldossier.com.ar, a partir del 13 de enero y hasta el 8 de febrero de 2012.
- Solamente una de las partes involucradas con el trabajo podrá inscribirlo. Esto deberá ser previamente acordado entre las mismas. En caso de que haya inscripciones de trabajos repetidos, será considerado válido aquel inscripto antes.
- Los organizadores del Lápiz de Oro Interactivo se reservan el derecho de alterar la categoría inicial de inscripción de un trabajo a otra, si así el jurado lo considerase necesario.
- La inscripción se realizará mediante el completado de un formulario con los datos del anunciante, la agencia y la URL desde donde se podrán acceder a todas las creatividades que compongan cada campaña.
- Los trabajos deben estar accesibles a través de Internet desde el momento de la inscripción hasta el 12 de marzo. Aquella pieza que no pueda ser vista al momento del juzgamiento, debido a un largo período de servidor "caído", no será considerada.
- La inscripción es Gratuita, como en todas las otras categorías del LAPIZ DE ORO.
Esta categoría contempla:
Banner:
Se considera como banner válido a los fines del premio a la pieza publicitaria interactiva que haya sido publicada en algún medio online.
Las inscripciones en esta categoría deben corresponder estrictamente a uno de los banners estándares de la industria descritos a continuación:
Full Banner: 728 x 90 px.
Rectangle: 300 x 250 px.
Button: 120 x 60 px.
Wide Skyscrapper: 160 x 600 px.
Los banners no pueden extenderse más allá de sus bordes y pueden ser interactivos dentro de esos límites siempre y cuando no presenten navegación. El peso máximo aceptado es de 40 kb.
Serán tomados también dentro de esta misma categorización los emails simples que cumplan con las mismas restricciones excepto las dimensiones, no teniendo en cuenta el link/popup que estos puedan abrir con su interacción.
NOTA: Considerando que aún no está completa la implementación de los formatos estándares del IAB en algunos de los principales medios argentinos, excepcionalmente se tomarán en cuenta piezas de dimensiones similares.
RichMedia:
Esta categoría comprende todas aquellas piezas dinámicas e interactivas que por su formato, peso o características no ingresen en la categoría banner simple. Dentro de los mismos podemos encontrar expandibles, video banners, layers, banners navegables u otras intervenciones con el contenido o diseño del sitio.
Se considera válido a los fines del premio a todas aquellas piezas publicitarias interactivas que hayan sido publicadas en algún medio online.
Email Marketing:
Esta categoría comprende todas aquellas piezas que hayan sido pensadas como acciones/esfuerzos de Marketing Directo realizado exclusivamente a través de e-mail, observando los principios éticos de respeto a la privacidad.
Esta categoría comprende todos aquellos Hot sites de producto o campaña específica, con tiempo determinado de permanencia en el aire.
Mínimo 3 piezas máximo 5 piezas
Podrán inscribirse en esta categoría, campañas que poseen un conjunto de piezas digitales con un máximo de cinco. Dichas piezas pueden ser:
IMPORTANTE:
EN NINGUN CASO DEBE FIGURAR EL NOMBRE DE LA AGENCIA DE PUBLICIDAD/INTERACTIVA QUE HAYA SIDO RESPONSABLE DE LA ACCION, NI SIQUIERA EN LA DIRECCIÓN DE LA URL.
NO PODRAN PARTICIPAR PIEZAS DE ORGANIZACIONES DE BIEN PUBLICO, ENTES GUBERNAMENTALES NI AGENCIAS DE PUBLICIDAD.